Plan Especial de Proteccion

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¿Cuándo necesitamos un Plan Especial de Protección?

Un edificio con un alto grado de protección generalmente necesita un Plan Especial de Protección

¿Conoces nuestra sede de Savills en Madrid? Nuestra oficina se ubica en el emblemático edificio de Castellana 81 obra del gran arquitecto Sáenz de Oiza, incluido en el catálogo de edificios protegidos de Madrid con protección singular y declarado Bien de Interés Cultural (BIC) en la categoría de Monumento.

Los edificios catalogados son atractivos para inversores y usuarios por su valor patrimonial, estético y ubicación privilegiada en la ciudad. Su carácter histórico y arquitectónico incrementa su valor en el mercado. No obstante, las obras y usos pueden estar limitados y, en casos de alta protección, es necesario tramitar un Plan Especial de Protección.

Estas son las 3 condiciones esenciales a tener en cuenta a la hora de actuar sobre una edificación catalogada en Madrid:



En materia de niveles de protección, hay que especificar:

  • Nivel 1: Límite: Reestructuración puntual

    · Régimen de obras más limitado. El límite de intervención es la reestructuración puntual. Posible viabilidad de ampliar la edificabilidad a través de un Plan Especial (máx. 10%).
    · En el nivel singular será necesario tramitar Plan Especial para un cambio de uso (excepto recuperación del original).
    · Para grado integral, cuando el cambio de uso propuesto afecte a más de 50% del edificio deberá tramitarse un Plan Especial.
    · Asimismo, el nivel 1, establece condiciones particulares para intensificar el uso. Se puede requerir de la tramitación de un Plan Especial.
  • Nivel 2: Límite: Reestructuración parcial o general

    · En grado estructural:
    -El lím. de intervención: Reestructuración parcial.
    -Excepcionalmente, y mediante Plan Especial, se podrán autorizar obras de Reestructuración General.
    -Condiciones particulares para la implantación e intensificación de usos. Se puede requerir de la tramitación de un Plan Especial

    · En grado volumétrico el límite de intervención es la reestructuración general, pudiendo llegar al vaciado interior.

    Para ambos grados del nivel 2 se podrán autorizar obras de ampliación (max 10%) previa aprobación de un Plan Especial.
  • Nivel 3: Límite: Reestructuración general

    · En edificios de grado parcial el límite de intervención es la reestructuración general, pudiendo llegar al vaciado interior.
    · En edificios de grado ambiental el límite de intervención es la reestructuración general, pudiendo llegar al vaciado interior, pudiendo además plantearse la sustitución de la fachada, y por tanto la del edificio.
    · Para ambos grados se autorizan las obras de ampliación con carácter general, salvo que lo prohíba expresamente la ficha de catálogo del edificio.

En Madrid hay más de 20.000 edificios protegidos y en la actualidad se está tramitando una ampliación del catálogo. 

En el departamento de Town Planning & Development contamos con una amplia experiencia en la tramitación de instrumentos urbanísticos como Planes Especiales de Protección. Nuestro equipo de expertos está preparado para asesorar, facilitar y acompañar en todo el proceso, garantizando una gestión eficiente y personalizada de tu proyecto.

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