- Se puede materializar en las parcelas cuya calificación sea de TERCIARIO DE OFICINAS y la implantación deberá ser en la totalidad de la parcela o edificio (no podrá ser parcial).
- La ley es de eficacia directa a la entrada en vigor de la Ley. Los Ayuntamientos tienen un plazo de 2 meses para limitar o establecer condiciones a lo fijado por la Ley.
- El suelo tiene que ser finalista (solar) o se deberá simultanear la urbanización.
- Las licencias se tienen que solicitar en un plazo de dos años.
- El plazo de construcción / rehabilitación es de 3 años.
- Se deben establecer las cesiones de redes correspondientes a las actuaciones de dotación (15 m² por vivienda que podrá ser computada en la parcela privada).
- El periodo de la habilitación del uso residencial es por 15 años (pendiente de revisión en el texto definitivo).
- El destino será vivienda en alquiler sobre el precio de vivienda protegida (5,5 % el precio del módulo).
- Finalizado el plazo queda a merced de los Ayuntamientos si continúa como alternativo el residencial o se modifica la calificación de la parcela.
Según nota de prensa de la Comunidad de Madrid, el 5 de junio, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el proyecto de Ley de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida. Descubre los cambios más relevantes con respecto al anteproyecto de Ley aquí. Esta normativa permitirá transformar oficinas en pisos de alquiler a precios asequibles. El texto, elaborado por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se ha remitido a la Asamblea Legislativa para su validación, con el compromiso político de que entre en vigor a finales de este mes. Hasta su validación en la Asamblea Legislativa, el texto del Anteproyecto citado en el artículo podría verse modificado (documento accesible en el Portal de Transparencia de la CAM). A este respecto, en la nota de prensa de la Comunidad de Madrid, de 5 de junio, se establece que los Ayuntamientos tendrán un plazo de hasta 4 meses para decidir su aplicación (en el texto del anteproyecto de Ley accesible se hace referencia a un plazo de 2 meses).

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